Observatorio del Derecho de Defensa: Aplicación de la Ley Orgánica del derecho de defensa a la asistencia jurídica al Estado e instituciones públicas, en particular a la Abogacía del Estado

Publicamos un nuevo artículo en nuestro Observatorio del Derecho de Defensa, que desarrollamos con la colaboración de la Fundación Aranzadi LA LEY.

Bajo el título «Aplicación de la Ley Orgánica del derecho de defensa a la asistencia jurídica al Estado e instituciones públicas, en particular a la Abogacía del Estado», Pilar Cáncer, Magistrada de la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Supremo y Abogada del Estado excente, analiza la aplicación de la normativa sobre el derecho de defensa a la asistencia jurídica del Estado e Instituciones Públicas.

El artículo examina, en particular, la nueva Disposición Adicional Séptima de la Ley 52/1997, de 27 de noviembre, de Asistencia Jurídica al Estado e Instituciones Públicas, y aborda la difícil conjunción entre las cualidades de abogado y de funcionario que concurren en los Abogados del Estado.